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¿Qué equipos de comunicación marítima debo llevar a bordo?

¿Qué equipos de comunicación marítima debo llevar a bordo?

Hoy en día nos parece imposible navegar sin un buen equipo de comunicaciones, que nos permita no solo comunicarnos con la costa o con otros barcos, sino sobre todo poder pedir auxilio y emitir nuestra posición en caso de emergencia. 

Sin embargo, no hace tanto tiempo que la comunicación marítima como la conocemos hoy en día es una realidad. Los primeros experimentos de Guillermo Marconi para enviar un mensaje por radio a través del Canal de la Mancha se realizaron en 1896, y la primera transmisión transoceánica tuvo lugar en 1901, una letra S del alfabeto Morse que se transmitió desde Poldhu, en la costa inglesa de Cornualles, hasta Terranova, en Canadá.

Y gracias a ello, en 1909 tuvo lugar el primer rescate marítimo, cuando una señal de socorro emitida por el barco británico Liverpool en ruta hacia Nueva York fue recibida en EEUU y transmitida a los barcos de la zona, los cuales pudieron rescatar a los 1700 náufragos. Como curiosidad, la señal emitida no fue nuestro moderno SOS, sino las siglas CQD (come quick danger).

Equipos de comunicación a bordo según la zona

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Actualmente, las comunicaciones marítimas no solo están más avanzadas, sino altamente reguladas. El Real Decreto 1185/2006 regula las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles. En él se establecen los equipos de comunicación obligatorios según el tipo de barco y la zona de navegación.

Para yates o embarcaciones de recreo, los equipos de comunicaciones por zona son los siguientes: 

Zonas 6 y 7

La zona 7 se considera navegación por aguas protegidas, y la 6 navegación costera hasta 2 millas de la costa. En estas distancias la normativa no obliga a llevar equipos de comunicación, aunque se recomienda llevar por lo menos un equipo de VHF portátil.

Zona 5

Navegación costera hasta 5 millas de la costa. Es obligatoria una radio VHF fija o portátil; en el caso de que sea fija, debe contar con GPS.

Zona 4

Navegación costera hasta 12 millas de la costa. A esta distancia, es obligatorio contar con una radio VHF fija. Se recomienda que cuente con Llamada Selectiva Digital, aunque no es obligatorio en esta zona.

Zona 3

Se considera ya navegación en alta mar, hasta 25 millas de la costa. Es obligatorio contar con un VHF fijo con GPS y Llamada Selectiva Digital, y una radiobaliza que opere a 406 MHz. 

Zona 2

Navegación en alta mar, hasta 60 millas de la costa. Deberemos contar con una radio VHF fija con GPS y Llamada Selectiva Digital, además de una portátil o bien un traspondedor de radar de 9 GHz. También es obligatoria la radiobaliza a 406 MHz.

Zona 1

La zona 1 se considera de distancia ilimitada, ya que pasamos a navegación oceánica. Los equipos de comunicación obligatorios a bordo son: radio VHF fija con GPS y Llamada Selectiva Digital, además de VHF portátil, equipos de HF/MH (onda media y onda corta) con Llamada Selectiva Digital, un equipo NAVTEX, un respondedor de radar a 9 GHz y una radiobaliza a 406 MHz.

Lógicamente, cuanto mayor sea la distancia hasta la costa, deberemos llevar más equipos, y estos serán más completos. Nuestra recomendación es ir siempre por delante de la normativa, y llevar un equipo por lo menos inmediatamente superior al que nos obliga la normativa, por prevención.


Recomendaciones sobre las comunicaciones marítimas

El Ministerio de Transporte proporciona unos consejos útiles para las comunicaciones durante la navegación, como por ejemplo no bajar la guardia y estar atentos a los posibles cambios en el tiempo, para no correr riesgos innecesarios en caso de tormenta o fuertes vientos. Además, se aconseja mantener una escucha permanente en el canal 16 de VHF.

Según estas normas de seguridad, las frecuencias para las llamadas y tráfico de socorro en telefonía son:

  • En VHF 156,8 Mhz (Canal 16) y en Onda Media, 2.182 Khz.
  • En Llamada Selectiva Digital (LSD), son en VHF 156.525 Mhz (Canal 70), y en Onda Media 2.187,5 Khz.

La duración de la comunicación en los canales de socorro, excepto en situación de peligro, se debe limitar al mínimo esencial, simplemente para establecer el contacto y acordar el canal de trabajo, y no pueden exceder el minuto de duración.

Además, debemos tener muy en cuenta que están prohibidas las emisiones que puedan interferir o perjudicar en las comunicaciones de socorro, alarma, urgencia o seguridad, como las transmisiones inútiles, de señales falsas o engañosas, superfluas o señales sin identificación. 

Para las señales de socorro, en estas tablas informativas encontrarás las especificaciones del procedimiento para emitir mensajes de MAYDAY (peligro), PAN (urgencia) y SECURITÉ (seguridad), además del alfabeto fonético, la pronunciación de las cifras y el Código Internacional de Señales.  

La seguridad y la prudencia son las mejores compañeras a bordo. ¡Que nada nos impida disfrutar del mar!

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